El MEDH se posiciona sobre las prisiones domiciliarias en cuarentena

Compartimos a continuación el comunicado del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos sobre la situación de las personas privadas de su libertad en el marco del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio dispuesto por el gobierno nacional debido a la pandemia de COVID-19.

Mendoza, 20 de abril de 2020

Comunicado ante la situación de las personas privadas de la libertad en medio de la pandemia por el “Coronavirus”

Desde el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos – Regional Mendoza, manifestamos públicamente nuestra posición frente a la amarga realidad que vive nuestro país y el mundo, con motivo de la pandemia que nos rodea y nos condiciona.

Uno de los aspectos que se distingue en este contexto, es el que involucra a las miles de personas que se encuentran privadas de libertad cuya vida puede estar en peligro. El objetivo de la privación legítima de libertad es la seguridad de cada una de las personas que la sufren y no su castigo. Art. 18 de la Constitución Nacional. Con lo que la retribución de pena que pueda corresponder por el delito cometido, no se conforma con la sola privación de libertad sino que además: “…La ejecución de la pena privativa de libertad, en todas sus modalidades, se encuentra dirigida al fortalecimiento de la dignidad humana y al estímulo de actitudes solidarias, a partir del desarrollo de sus potencialidades individuales y la internalización de valores, y tiene por finalidad lograr que el condenado adquiera la capacidad de respetar y comprender la ley, como así también la gravedad de sus actos y de la sanción impuesta, procurando su adecuada reinserción social, promoviendo la comprensión y el apoyo de la sociedad, que será parte de la rehabilitación mediante el control directo e indirecto. El objetivo es lograr la adecuada inserción social de los procesados y condenados a través de la asistencia, tratamiento y control y la protección de la sociedad frente al crimen. El régimen penitenciario a través del sistema penitenciario, deberá utilizar, de acuerdo con las circunstancias de cada caso, todos los medios de tratamiento interdisciplinario que resulten apropiados para la finalidad enunciada.”.Artículo 1ª ley de ejecución penal n° 24660.

La referencia que hacemos al artículo 18 de la Constitución Nacional es porque nos dice que: “… Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice.”

Es habitual escuchar que muchas personas que habitan nuestro país, protestan ante lo que sería una cultura anómica en cuanto conducta que no respeta normas legales necesarias para una mejor convivencia. La primera reacción que tenemos como cohabitantes del país, es que así como los conductores de automóviles no le dan a los peatones la prioridad legal de paso en la vía pública, también las personas privadas de libertad deberían ser tratadas correctamente, con respeto, para que puedan aprender a respetar los derechos de los demás, como quiere la ley de ejecución penal antes mencionada.

Sin embargo, parece ser cierto que muchas personas a las que no les gusta que no se cumpla la ley, no reaccionan de la misma manera y con enojo, cuando se conoce con seguridad que el trato que se da a las personas en las cárceles, dista mucho de ser el que manda la letra de nuestra Constitución.

La pandemia que nos agobia nos pone ante situaciones humanas muy graves. En las cárceles del país hay miles de personas jóvenes y en su gran mayoría muy pobres que viven hacinados y en malas condiciones de higiene, entre otros males. Ello se debe a la violación del principio constitucional de igualdad ante la ley que cometen nuestros poderes judiciales.

También se encuentran privadas de libertad algunas personas procesadas o condenadas por delitos de lesa humanidad. En estos casos no se trata de una violación constitucional al principio de igualdad, sino que, excepcionalmente y debido a la lucha de muchos años de los organismos de derechos humanos, entre los que se cuenta al MEDH – Regional Mendoza, se ha logrado que los tribunales federales procesen y detengan legalmente, con las debidas garantías, a los ejecutores de gravísimos delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ha establecido recientemente, como principio, que las libertades o prisiones domiciliarias que deben resolverse como consecuencia de la pandemia que padece nuestro mundo, deberán tener en cuenta la diversa naturaleza de las causas que motivan la privación de libertad, aunque siempre bajo el principio de humanidad y dignidad. En el mismo sentido que se ha expresado ese alto tribunal constitucional, entendemos que el principio es la libertad o prisión domiciliaria de las personas cuando la continuidad de su encierro implica un concreto peligro para su vida. Ello surge de cardinales normas constitucionales y de consecuentes disposiciones contenidas en los códigos procesales de orden provincial y federal. Artículo 106 de la Carta de la OEA, artículo 41.b de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 18.b de su Estatuto.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Esta Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal y no representan a sus países de origen o residencia. Las opiniones consultivas y resoluciones de esta Comisión y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que resuelve pleitos entre partes, tienen carácter imperativo y son obligatorias para los superiores tribunales de los países de nuestra América. Allí radica la importancia de lo que ha establecido la Comisión.

En la línea de esa disposición, el presidente del superior tribunal penal bonaerense, Víctor Violini, decidió hacer lugar a un habeas corpus presentado la semana pasada por once defensores generales, quienes sostenían que las condiciones de hacinamiento e inhabitabilidad en cárceles y comisarías provinciales se ven agravadas ante la emergencia sanitaria del coronavirus. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM), mecanismo contra la tortura bonaerense, adhirió al planteo como amicus curiae. El juez ordenó que cada juzgado o tribunal bonaerense debe dictar la prisión domiciliaria de los detenidos a su cargo, que estén presos por delitos leves y que se encuentren en situación de riesgo por edad, por patologías preexistentes o sean mujeres embarazadas o con hijos. Para delitos graves – asesinatos, secuestros, violencia de género o abusos sexuales – será cada juez el que deberá analizar los pormenores del caso. El Ministerio Público pidió que se tuviera especial cuidado si se conceden domiciliarias a condenados o procesados por agresiones sexuales o violencia doméstica para evitar su acercamiento a las víctimas o que vuelva al lugar donde cometió los delitos. El contexto de todos estos casos resueltos y a resolver es que existe una crisis penitenciaria sin precedentes en la provincia de Buenos Aires, reconocida ya el año pasado por la propia Casación bonaerense.

En el mismo sentido en favor de la libertad en los casos mencionados se pronunció el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) y cabe destacar que el asunto llegará pronto a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En Mendoza, la Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos Xumek, también presentó un habeas corpus por la integridad de las personas privadas de la libertad en nuestra provincia -se estima que la «población de riesgo» es de alrededor de 400 personas-, al que han dado lugar aisladamente desde algunos juzgados.

Delitos de Lesa Humanidad

Mientras tanto, es probable que la sala de feria de la Cámara de Casación Federal, esta semana o la siguiente, tenga para resolver planteos de Miguel Osvaldo Etchecolatz, que insiste con obtener su prisión domiciliaria. Atentos particularmente a la situación de personas como ésta, considerada como una de las principales responsables de la represión genocida en el país y condenada por ese motivo varias veces, este Organismo hace hincapié en la delicada situación que deberán enfrentar los tribunales federales en el caso de pedidos de prisión domiciliaria de quienes han sido condenados por genocidio y delitos de lesa humanidad. Sobre ello se ha pronunciado expresamente la CIDH en su Resolución 1/20 del 10 de abril.

En el caso de personas condenadas por graves violaciones a los derechos humanos y delitos de lesa humanidad, atendiendo el bien jurídico afectado, la gravedad de los hechos y la obligación de los Estados de sancionar a los responsables de tales violaciones, tales evaluaciones requieren de un análisis y requisitos más exigentes, con apego al principio de proporcionalidad y a los estándares interamericanos aplicables.

En las cárceles federales argentinas, la gran mayoría de las personas mayores privadas de su libertad son condenados o acusados por delitos de lesa humanidad. Según el SPF, actualmente hay 131 represores presos y dos internados en hospitales extramuros. Para ellos, la CIDH aclaró, como ha sido transcripto en el párrafo anterior, que la evaluación de los jueces debe ser más exigente: “Con apego al principio de proporcionalidad y a los estándares interamericanos aplicables”. La Procuraduría de Crímenes Contra la Humanidad – a cargo de la fiscal Ángeles Ramos – tiene contabilizados 136 pedidos de domiciliarias. El número supera el de los represores en prisión porque son muchos de ellos los que tienen distintas causas en distintas jurisdicciones.

Hasta ahora, la tendencia es hacia el rechazo, pero al menos 25 represores lograron salir de la cárcel desde que se declaró la emergencia sanitaria.

Cabe destacar en este apartado, que nuestra representación legal ha logrado también justificar puntualmente el rechazo a este beneficio en la reclusión de la pena, aunque se han concedido varias prisiones domiciliarias a personas condenadas o procesadas por estos graves crímenes contra la humanidad.

Entendemos que tal como lo ha establecido la CIDH, la situación de los condenados y procesados por genocidio deberá atenderse con la proporcional gravedad de sus delitos en relación al resto de personas procesadas y condenadas por delitos de orden común. Esto significa que deberá extremarse la consideración sobre sus condiciones de encierro y la posibilidad de permanecer en esa situación sin riesgo concreto para sus vidas debido a la pandemia y a sus particulares situaciones de salud.

Sobre estas condiciones de encierro habrá que tener en cuenta, con seguridad, que los lugares en que están alojados, tengan o no las malas condiciones que padece el resto de condenados por delitos comunes y por lo tanto puede que no corran aquel peligro.

Curso con puntaje docente en el EPM

08-04-2020 | Con el objetivo de sostener acciones educativas en relación a la pedagogía de la memoria, el EPM ex-D2 propuso un curso con puntaje docente. Será dictado por especialistas de distintas áreas. La resolución fue aprobada en marzo por la Dirección General de Escuelas.

La Coordinadora General de Educación Superior, Emma Cunietti, aprobó por resolución el curso «Enseñar el pasado reciente: enfoques conceptuales y metodológicos desde la pedagogía de la memoria«. El proyecto fue presentado por el Espacio para la Memoria y los Derechos Humanos ex-D2 (EPM ex-D2) y las clases estarán a cargo de profesionales de distintas disciplinas.

Además, el EPM ex-D2 fue reconocido como ente calificado para desarrollar contenidos pedagógicos, tarea sobre la que viene trabajando arduamente la Comisión de Pedagogía de la Memoria. La resolución considera que la propuesta es «una iniciativa destinada a asegurar el mejoramiento de la capacitación inicial y continua de los docentes como factor clave de la educación, proyectando la redefinición de componentes del formato escolar tradicional, promoviendo nuevos medios de habitar las escuelas y proporcionando herramientas para la innovación y reflexión sobre la práctica compartida con los estudiantes«.

Contexto histórico y Proceso de Reorganización Nacional, genocidio y recursos didácticos para la enseñanza de la historia reciente son los cuatro ejes centrales del curso. El dictado de la primera cohorte quedará sujeto a las posibilidades y cronograma que se acuerde en los próximos meses, en consideración de la situación que plantea la pandemia de COVID-19 y la reestructuración de los procesos formativos.

Para el abordaje interdisciplinar del curso se articularán contenidos de historia, sociología, derecho, pedagogía y las ciencias sociales en general. El objetivo de incorporar conocimientos sobre el pasado reciente es que estos saberes potencien en el personal docente «la construcción de una identidad nacional plural y solidaria, una ciudadanía crítica y la promoción de los derechos humanos y los valores democráticos«.

La información acerca de la fecha de inicio, duración y modalidad de cursado se dará a conocer más adelante.

Suspensión de las audiencias y prisiones domiciliarias

Por Colectivo Juicios Mendoza

El Tribunal Oral Federal 1 –TOF 1‒ de Mendoza otorgó prisión domiciliaria a los procesados y/o condenados Carlos Ledesma, Segundo Héctor Carbajal, Oscar Simone, Oscar Bianchi, Pedro Linares, Juan Carlos Ponce y Omar Navarro. El mismo criterio adoptó el TOF 2 de San Rafael con respecto a Mario Ocampo. Mediante una acordada, la Cámara de Casación Penal Federal había instado a los jueces a resolver rápidamente los pedidos de domiciliaria y flexibilizar los criterios de otorgamiento debido a la pandemia provocada por el Covid-19. La fiscalía y la querella del MEDH recurrieron la medida sin resultados positivos.

En respuesta a la disposición de la instancia superior, los Tribunales Federales asentados en la provincia de Mendoza establecieron el arresto domiciliario “cautelar, excepcional y provisorio” de ocho detenidos por delitos de lesa humanidad. Estos quedarán a cargo de la Dirección de Promoción del Liberado y del Programa de Asistencia a Personas bajo Vigilancia Electrónica, perteneciente al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. La dependencia se encargará de la colocación de un dispositivo de monitoreo interno y de observar la prohibición de salir del país. Asimismo, ordena que se libren los oficios para el cumplimiento de las medidas.

Los beneficiados

La Acordada N° 3/2020 de la Cámara de Casación Penal Federal está basada en el decreto de Presidencia de la República que establece el aislamiento social preventivo y obligatorio de la ciudadanía debido a la pandemia del coronavirus. La Cámara insta a agilizar la resolución de los pedidos de prisión domiciliaria y señala que deben priorizarse las personas detenidas por delitos o penas leves ‒próximas a salir en libertad‒, las que tengan problemas de salud o integren grupos de riesgo. Según la disposición, las excarcelaciones deben ejecutarse con rapidez. Los abogados de los represores invocaron la edad y razones de salud para afirmar que sus representados se encuentran dentro del grupo de riesgo previsto por la norma y solicitaron que se los regresara a sus casas.

La prisión domiciliaria les fue concedida a:

Carlos Eduardo Ledesma: exoficial del Ejército, condenado a 22 años de prisión por los delitos de asociación ilícita, privación abusiva de la libertad y torturas, cometidos contra mujeres concentradas clandestinamente en el Casino de Suboficiales del Ejército poco después del golpe del 24 de marzo del 76.

Carlos Ledesma

Segundo Héctor Carabajal: miembro del Destacamento de Inteligencia 144, condenado a 10 años de prisión por la apropiación de la nieta recuperada 117, Claudia Domínguez Castro. Fue hallado culpable de falsificación de documento público, así como de retención y ocultamiento de identidad de la hija de Walter Domínguez y Gladys Castro, ambos desaparecidos. Por pedido de la querella a raíz de esta criticada medida, Carabajal tiene una consigna policial.

Héctor Carabajal

Oscar Simone: Personal Civil de Inteligencia –PCI‒ dependiente del Destacamento de Inteligencia 144, procesado en la causa que se encuentra actualmente en debate. Simone era empleado en la Dirección de Transporte y compañero de Roberto Blanco, secuestrado y desaparecido en 1976. Por este hecho llegó a juicio.

Oscar Bianchi:  oficial del Servicio Penitenciario condenado a 6 años por asociación ilícita, privación abusiva de la libertad y tomentos agravados contra presos políticos alojados en la cárcel provincial de Boulogne Sur Mer.

Oscar Bianchi

Pedro Linares: agente penitenciario condenado a 6 años de prisión por asociación ilícita y por encubrir los delitos cometidos contra los presos políticos que se hallaban en la Penitenciaría Provincial.

Pedro Linares

Juan Carlos Ponce: subcomisario de la Policía de Mendoza que revistaba en la Seccional 16 de Las Heras, está a la espera un nuevo veredicto después de que la Cámara de Casación revocara la absolución dictada por el TOF 1. Fue acusado por el encubrimiento de tres desapariciones acaecidas en su jurisdicción con intervención de personal bajo su mando.

Omar Navarro Moyano: miembro del Ejército perteneciente al Destacamento de Inteligencia 144, procesado en la causa actualmente en debate. Se profugó antes de iniciarse el noveno juicio, pero recientemente fue ubicado y detenido.

Mario Guillermo Ocampo: excoronel del Ejército procesado por el TOF 2 por la desaparición del soldado Félix Órdenes y por otros delitos cometidos en San Rafael y Gral. Alvear. Estuvo siete años prófugo y fue detenido en 2019. Simultáneamente, Ocampo debe responder ante el Tribunal Oral Federal 1 de San Martín de la provincia de Buenos Aires por la causa que trata los asesinatos perpetrados en el marco de la Contraofensiva Montonera.

Preocupan particularmente las domiciliarias de Navarro y Ocampo que estuvieron prófugos hasta su detención, conducta que constituye un antecedente relevante para no obtener el beneficio de la prisión domiciliaria.

Hay varios pedidos de prisión domiciliaria. Jorge López miembro de la Fuerza Aérea, detenido en el penal de Ezeiza, la solicitó pero le fue denegada por el TOF 1 por estar debidamente aislado. En cambio, están pendientes de resolución los pedidos a favor de José Garro y Guillermo Campanille. Por su parte, el TOF 2 de San Rafael debe dictaminar en los casos de Daniel Guajardo y Oscar Raúl Pérez.

Variados rechazos

Las prisiones domiciliarias otorgadas por los Tribunales Federales de Mendoza merecieron el cuestionamiento de las fiscalías, la querella del Movimiento Ecuménico de Derechos Humanos, así como de las organizaciones sociales y organismos que nuclean a las víctimas de los detenidos.

Las unidades fiscales abocadas a los delitos de lesa humanidad radicadas en Mendoza y San Rafael respondieron a la solicitud de prisión domiciliaria de los ocho detenidos con similares argumentos. Admitieron que los beneficiados están comprendidos en el grupo vulnerable por su edad avanzada, pero pusieron en discusión el aislamiento preventivo para evitar la infección, prescripto por la norma. Según los fiscales, en las penitenciarías no hay casos de infectados ni sospechados en observación, mientras que el afuera de las cárceles es un ámbito que reviste mayor riesgo de contagio, por lo que expresaron preocupación por la medida.

Además, dictaminaron que se observe la igualdad ante la ley para todos los casos que se encuentran bajo la jurisdicción de los Tribunales Federales, de modo que las prisiones domiciliarias no se constituyan en un privilegio para los procesados y condenados por delitos de lesa humanidad.

Por su parte, Pablo Salinas y Viviana Beigel señalaron que, pese a ser querellantes por el MEDH y por Abuelas de Plaza de Mayo, no fueron consultados. Agregaron que las medidas tomadas por el tribunal ameritaban informes médicos exhaustivos de cada caso y la confirmación de que dentro de las cárceles existiera un riesgo cierto de contraer la enfermedad.

Asimismo, resaltaron que los delitos de lesa humanidad son los crímenes más graves previstos en el código penal e invariablemente tienen impacto sobre las víctimas. Este planteo concitó el apoyo de la Federación de Docentes Universitarios –CONADU‒ que a través de un comunicado acompañó el rechazo a las prisiones domiciliarias.

Distintos sectores se mostraron molestos por la concesión de esta medida por considerarla discriminatoria, ya que contraría las históricas demandas de los organismos de derechos humanos y complace los pedidos de los procesados y condenados por delitos de lesa humanidad sin argumentaciones sólidas, mientras desoye los urgentes reclamos de una amplia población carcelaria. Varias organizaciones advirtieron trato desigual por parte de la justicia.

VIDEO: Documento a 44 años del golpe cívico militar

ORGANISMOS DE DERECHOS DERECHOS HUMANOS DE MENDOZA

30.000 decimos ¡Presente!

A 44 años del golpe militar del 24 de marzo que arrasó nuestras vidas, produjo la debacle económica del país y el terror social, reiteramos nuestro compromiso con la lucha de los pueblos.

En los pasados cuatro años atravesamos el negacionismo, el intento del 2×1 y la desaceleración de las políticas de Estado sobre el pasado reciente. Nos contraría la lentitud de la Justicia Federal y la liviandad con que se vienen otorgando prisiones domiciliarias a los militares y policías condenados por delitos de lesa humanidad, mientras se las niega a los presos políticos, víctimas de causas arbitrarias, y aún en los casos en que peligra su vida.

Asimismo, es imprescindible que Mendoza adhiera a la Ley de Sitios de Memoria: para que se visibilicen los ex centros clandestinos de detención, el estado provincial cumpla con el apoyo del EPM ex D2 y promueva la demorada ley que lo formalice. También para evitar la banalización de la comisaría 7ma e incluirla en los términos de la ley de sitios.

Nuestra lucha fue inscripta en la historia del pueblo argentino por su libertad, hoy vulnerada por el Código Contravencional utilizado en especial contra jóvenes estigmatizados por la pobreza y el color de su piel o en la represión a gestas populares en defensa del agua y los bienes comunes. A ello se suman multas e imputaciones dirigidas a la ciudadanía por manifestarse en las calles.

En este día de la Memoria homenajeamos a Agustina Vera, Madre de Plaza de Mayo; Ramón Ábalo y César Boggia, por su compromiso militante; y a Sebastián Moro, muerto en la ciudad de La Paz, durante los días del golpe de estado en Bolivia.

Ratificamos todas y cada una de las históricas demandas sostenidas por los organismos de derechos Humanos y hoy con urgencia reclamamos:

– Celeridad de los juicios por delitos por delitos de lesa humanidad y cárcel efectiva para los genocidas
– Adhesión de la Provincia a la Ley de Sitios de la Memoria
– Independencia del Poder Judicial y libertad a los presos y perseguidos políticos

MEMORIA
VERDAD
JUSTICIA

La Memoria no se rinde

En un nuevo aniversario del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976, ratificamos nuestro firme compromiso con la Memoria. Recogemos el legado de hombres y mujeres que atravesaron el entonces D2 resistiendo el horror. En este ex centro clandestino de detención, torturas y exterminio se intentó aplastar el proyecto liberador de cientos de detenidos y detenidas que se opusieron a un plan económico y social concebido a espaldas del pueblo argentino. Este lugar fue testigo de la planificación y puesta en marcha de la represión ilegal que desgarró sus vidas, fue punto central del terrorismo de Estado en Mendoza.

Por su valor simbólico e histórico, desde este Espacio -refuncionalizado con la fuerza de nuestras banderas y las miradas de lxs 30 000- asumimos el deber de impedir el olvido y echar luz a la trama nacida antes y durante la dictadura cívico militar.

Tres columnas que dicen Memoria, Verdad y Justicia señalan este Sitio, y nos recuerdan nuestra responsabilidad asumida ante la sociedad mendocina en la reconstrucción y difusión del pasado reciente, la consolidación de la cultura democrática proyectada hacia las próximas generaciones y la observancia del respeto de los derechos humanos en el presente.

30 000 compañeros y compañeras detenidas desaparecidas…
¡PRESENTES! ¡AHORA Y SIEMPRE!

Consejo Directivo del EPM exD2 | Marzo de 2020

Comunicado de Organismos de DD. HH. Mendoza

A pesar de las medidas de aislamiento tomadas por los gobiernos nacional y provincial, los Organismos Defensores de los Derechos Humanos en Mendoza se preparan para la conmemoración del Día de la Memoria por la Verdad y la justicia. Aquí el comunicado.

A 44 años del Golpe Cívico Militar Eclesiástico de 1976 en Argentina, decidimos suspender la marcha que realizamos todos los años. Nos sumamos responsablemente a las medidas tomadas por el Gobierno Nacional y el provincial ante la pandemia de coronavirus que aqueja al mundo.

Pero no nos quedamos quietxs ni nos quedamos calladxs.
No lo hicimos nunca. No lo haremos ahora.

📌Durante el 24/03 estaremos compartiendo contenidos y mensajes a través de las redes sociales.

📌Además, instamos a que todos, todas y todes seamos parte de una profunda jornada por la Memoria, la Verdad y la Justicia
📢 Proponemos: 📢

👉🏾usá en tus posteos, estados y fotos de perfil las consignas:
Memoria, verdad y justicia | Somos 30mil | Fue genocidio | 30.000 presentes

👉🏾 usemos el hashtag #24MenMendoza junto a algunos de estos otros:

#MemoriaVerdadJusticia
#Somos30Mil
#FueGenocidio
#30MilPresentes

👉🏾colgá un pañuelo blanco en la puerta de tu casa junto con la bandera argentina, sacale fotos o selfies y compartilas. Si no tenés pañuelo, aquí te compartimos unos diseños para imprimir y hacerlos en papel.

30.000 COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS DETENIDAS DESAPARECIDAS ¡PRESENTES! ¡AHORA Y SIEMPRE!

Marzo 2020. Organismos de Derechos Humanos de Mendoza

Presentación del cuento “Bosquejo de alturas”

En el marco del mes de la Memoria, el viernes 13 de marzo se presentó el cuento Bosquejo de alturas», de Alicia Kozameh. La obra revela las estrategias de supervivencia y resistencia de treinta presas políticas detenidas en 1975, en un sótano policial de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

La presentación estuvo a cargo de dos mujeres: Liliana Bermúdez, quien en su condición de exdetenida política se refirió al contexto que inspiró el cuent; y la profesora Estela Saint André, quien analizó con minuciosidad el valor valor literario del cuento e hizo hincapié en las múltiples facetas creativas de la autora.

Grabación de Alicia Kozameh para la presentación en el EPM exD2

Alicia Kozameh vive en Los Ángeles, y está radicada en esa ciudad estadounidense desde que salió al exilio en 1980. Escribió novelas, cuentos y poesía. Tenía previsto estar presente en esta actividad organizada por el EPM exD2 y el colectivo Nosotras-Mendoza, pero debido a la pandemia del coronavirus debió suspeder el viaje.

Sin embargo, las redes de comunciación hicieron posible contar con sus palabras y sus gestos durante a través de un video que envió a las presentadoras minutos antes de la actividad y que fue proyectado ante el público. Además, durante la presentación, el equipo de comunicación del EPM exD2 compartió con ella imágenes de lo que estaba sucediendo en Espacio.

La versión teatral del cuento, “30. Bosquejo de alturas”, cuya puesta en escena en la Enkosala de Mendoza estaba anunciada para el 19 de marzo, también fue suspendida por la pandemia.

Caso Sebastián Moro: Organismos de Derechos Humanos de Mendoza exigen investigación

28-12-20198 | Compartimos el documento firmado por los Organismos de Mendoza, que despide al compañero Sebastián Moro y alerta sobre su muerte en el marco del Golpe de Estado que azota a Bolivia.

Mendoza, 19 de diciembre de 2019

Los Organismos de Derechos Humanos de Mendoza abajo firmantes expresamos nuestro dolor y solidaridad con la familia del reconocido y querido periodista Sebastián Moro. Reclamamos a las autoridades pertinentes una investigación rigurosa acerca de su trágica muerte ocurrida en la Ciudad de la Paz, Bolivia.

Sebastián murió el pasado 16 de noviembre en el marco del Golpe de Estado que por estas horas azota a Bolivia, donde residía desde febrero de 2018.
El 9 de noviembre pasado envió su última nota al matutino Pagina 12 anunciando que el Golpe ya estaba en marcha. El 10 de noviembre fue internado producto de un “ACV”, cuyas causas son investigadas por abogados especializados en delitos de lesa humanidad y médicos forenses.
Durante los seis días que duró su agonía, su cuerpo dio señales de politraumatismos, policontusiones y lesiones internas y externas advertidas por testigxs y asentadas en la Historia Clínica que, a la luz de especialistas, no responden solo a un “ACV”.

Sabemos que entre el 8 y el 10 de noviembre se desató en Bolivia una furtiva cacería de periodistas, dirigentes sociales, funcionarios públicos y familiares de estos funcionarios por parte de hordas opositoras a los fines de concretar el derrocamiento del gobierno de Evo Morales. La intervención, la violencia y las amenazas a medios comunitarios, alternativos y públicos durante esos días fue sistemática, así como la agresión a periodistas.

Sebastián Moro vivió para hacer perdurar la Memoria de las víctimas de la injusticia. Su compromiso periodístico y militante fue plasmado en los blogs y páginas web oficiales del Colectivo Juicios Mendoza; de Edición UNCuyo (hoy Unidiversidad) y de Radio Nacional Mendoza. Realizó esta tarea desde 2010 hasta 2017 cubriendo testimonios y reconstruyendo historias surgidas de la voz de lxs sobrevivientes y testigxs que aportaron en cada juicio de lesa humanidad concretado en Mendoza hasta esa fecha.

Parte de sus valiosas crónicas e investigaciones fueron eliminadas de los dos últimos medios citados.

Sebastián también aportó a dar luz a las voces de familiares de víctimas de violencia institucional en la provincia desde 2014 hasta su partida de Argentina.

Decidió tomar nuevos rumbos luego de que la gestión macrista de Radio Nacional lo inhibiera de seguir realizando sus comprometidas labores periodísticas en defensa de los Derechos Humanos.

Así llegó al Estado Plurinacional de Bolivia donde inmediatamente se compenetró con la realidad política, principalmente de campesinxs e indígenas. Su entrega profesional y compromiso periodístico le depararon un importante cargo como “jefe editor” del semanario gráfico “Prensa Rural”, y como productor y conductor de diversos programas de Radio Comunidad, medios pertenecientes a la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB).

Desde La Paz continuó trabajando para La Quinta Pata, único medio que reconoció remunerativamente sus labores a partir del momento en que se fue del país. Asimismo fue un permanente colaborador de diversos medios comunitarios y alternativos de América Latina y Argentina.
A partir de las elecciones generales de Bolivia del 20 de octubre pasado, comenzó a colaborar con informes y crónicas diarias al diario Página 12 donde advertía el alarmante escenario golpista que se pergeñaba en Bolivia.

El caso de Sebastián Moro fue denunciado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Relatoría de Libertad de Expresión de dicho organismo. La CIDH incluyó su muerte en un comunicado de prensa que incluía observaciones preliminares sobre las violaciones de derechos humanos en Bolivia en el apartado “Ataques a la Prensa”, con fecha de publicación el 11 de noviembre pasado. Por su parte, la Delegación Argentina en Solidaridad con el Pueblo Boliviano consideró en el punto 8 de su informe preliminar, referido a la “Restricción manifiesta de la libertad de prensa,” que el “caso del periodista argentino Sebastián Moro reviste especial gravedad”.

Exigimos investigación. Verdad, Memoria y Justicia.

Asociación de Familiares de Detenidxs Desaparecidxs por razones políticas Mza- Asociación de ex Presxs Políticxs Mza- Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos Regional Mza- Liga Argentina por los Derechos Humanos Mza.- H.I.J.O.S. Mendoza- Casa por la Memoria y Cultura Popular- Asamblea Permanente por los Derechos Humanos San Rafael – Colectivo Juicios Mendoza – Equipo de acompañamiento a Querellantes y Testigos de Juicios de Lesa Humanidad

¡Hasta la victoria siempre, compañero Hugo!

17-12-19| Desde el Espacio para la Memoria y los Derechos Humanos ex-D2, despedimos con tristeza al compañero Hugo Riera, ex preso político, sobreviviente del terrorismo de Estado en San Rafael, histórico militante del peronismo.

Hugo fue secuestrado durante la última dictadura cívico militar (1976-1983), al igual que su compañera de vida y militancia -María Esther Dauverné-, su suegro y su cuñado. Ocurrió el 12 de abril de 1976 en San Rafael. Tenía 32 años, trabajaba en Malargüe en la Comisión Nacional de Energía Atómica (CONEA) -en la mina de uranio «Huemul»- y era secretario general de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE).

Los represores llevaron a Hugo al centro clandestino de detención (CCD) que funcionó en el Correo, luego estuvo doce días secuestrado en Infantería de la Policía y siete meses en los calabozos de la sede del Poder Judicial de San Rafael, activo CCD conocido como “La Departamental”. Allí se desplegó el terror frente a las oficinas de jueces y fiscales, quienes mantuvieron su actividad cotidiana sin más, mientras el terrorismo de Estado ejecutaba el plan de exterminio. Fue liberado desde otro CCD: Bodegas Garbín.

Prestó testimonio en varias ocasiones y aportó así a la reconstrucción de la historia reciente y de la memoria de sus compañeros y compañeras. Participaba del movimiento de derechos humanos a partir del colectivo de ex presos y presas políticas del sur mendocino.

En aquellos años previos y de comienzos de la dictadura, Hugo Adelmo Riera fue militante la Juventud Peronista (presidente de la organización en Malargüe). Ya pasados sus 75 años sostenía su ideario y participó con alegría y orgullo en las campañas electorales de este 2019.

Desde el EPM ex-D2 despedimos a Hugo y abrazamos muy fuerte a su compañera Esther y toda su familia.

¡Hasta la victoria siempre, compañero Hugo!

Película «El piano mudo»

13-12-2019 | El jueves 19 de diciembre se proyectará en el EPM la película de Zuhair Jury, «El piano mudo». El film aborda una historia real sobre la vida del pianista tucumano Miguel Ángel Estrella y se centra en su cautiverio en una cárcel de Uruguay, durante la última dictadura militar.

La actividad está organizada por el colectivo «Cultura somos todxs» junto con la Facultad de Artes y Diseño y el Espacio para la Memoria y los Derechos Humanos exD2.

Ficha técnica:

Título original: El piano mudo

Duración: 111 minutos

Clasificación: Apta para mayores de 13 años

Género: Drama  

Dirección: Zuhair Jury

Guion: Zuhair Jury, Marta Mantello, Horacio Labraña

Fotografía: Federico Juárez

Montaje: Mónica Gómez

Sonido: Pablo Sala

Producción: Arcángel Cine, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), Ricardo Jury

Producción ejecutiva: Horacio Labraña

Intérpretes: Miguel Ángel Estrella, Sebastián Blanco Leis, Fernando Godoy, Daniela Villalba, Omar Fanucchi, Nelson Alfonso, Oscar Zamora, Ernesto Chehade, Luis Alberto Giraud